Asiento contable factura recibida con recargo de equivalencia

Asiento contable factura recibida con recargo de equivalencia

Si eres autónomo o tienes una pequeña empresa, seguramente hayas oído hablar del término «recargo de equivalencia» en relación a la facturación. Pero ¿qué es exactamente y cómo afecta a tus asientos contables? En este artículo te lo expli,camos.

¿Qué es el recargo de equivalencia?

El recargo de equivalencia es un impuesto indirecto que grava determinadas operaciones comerciales. Se aplica únicamente a los empresarios minoristas que venden al consumidor final productos sujetos a IVA y no pueden deducir el IVA soportado en sus compras.

En otras palabras, si eres un minorista que compra productos para venderlos directamente al público, no puedes recuperar el IVA que has pagado por esos productos (por ejemplo, cuando los compraste al proveedor). Por eso, Hacienda ha creado el recargo de equivalencia como una forma de compensarte por ese coste extra.

El recargo se aplica automáticamente sobre el precio de venta al público y se incluye en la factura emitida al cliente final. El tipo impositivo varía según el sector y la comunidad autónoma donde estés establecido.

Cómo contabilizar una factura recibida con recargo de equivalencia

Ahora bien, ¿cómo afecta todo esto a tus asientos contables? Supongamos que eres un minorista que ha comprado mercancía a un proveedor y te ha emitido una factura con recargo de equivalencia. Lo primero que debes hacer es comprobar que la factura cumple con los requisitos fiscales y contables (fecha, número de factura, conceptos detallados, etc.).

A continuación, debes conta,bilizar la operación en tu libro de compras. El asiento contable sería el siguiente:

  • Compra de mercancías (base imponible): Debe en cuenta 600 «Compras»
  • IVA soportado (21% sobre la base imponible): Debe en cuenta 472 «Hacienda Pública, IVA soportado»
  • Recargo de equivalencia (porcentaje según sector y comunidad autónoma): Debe en cuenta 477 «Hacienda Pública, Recargo de equivalencia»
  • Pago al proveedor: Haber en cuenta 572 «Banco» o la cuenta correspondiente si se paga por otra vía.

Como puedes ver, el recargo de equivalencia se trata como un impuesto más y se registra en una cuenta separada. Además, no deduces el IVA soportado sino que lo consideras un gasto más.

Cómo declarar el recargo de equivalencia

Finalmente, debes tener en cuenta cómo declarar este impuesto a Hacienda. En tu modelo trimestral o mensual del IVA deberás incluir tanto las ventas con recargo como las compras con recargo. La declaración será diferente según seas un minorista ordinario o estés acogido al régimen simplificado de IVA.

En cualquier caso, es importante que mantengas tus libros contables actualizados para evitar problemas con Hacienda. Si tienes dudas sobre cómo contabilizar una factura recibida con recargo de equivalencia, no dudes en co,nsultar con un asesor fiscal o contable.

Consejos útiles

  • Comprueba siempre que las facturas recibidas están correctamente emitidas y cumplen con los requisitos fiscales.
  • No confundas el recargo de equivalencia con otros impuestos indirectos como el IVA o el IRPF.
  • Mantén tus libros de contabilidad al día para evitar problemas futuros.
  • Si tienes dudas, consulta con un profesional especializado en la materia.

Esperamos que este artículo te haya ayudado a entender mejor el concepto de asiento contable factura recibida con recargo de equivalencia. Recuerda que es importante llevar una buena gestión contable para evitar sorpresas desagradables en el futuro.

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