Reclamacion honorarios abogado sin hoja de encargo

En ocasiones, cuando contratamos a un abogado para que nos represente en determinados asuntos legales, no llegamos a firmar una hoja de encargo con los honorarios acordados. Esto puede ser por diversas razones: desconocimiento, confianza en la persona o simplemente porque no se nos ha entregado.

¿Qué es la hoja de encargo?

La ,hoja de encargo es un documento contractual que recoge el acuerdo entre el abogado y su cliente sobre los servicios que va a prestar y las condiciones económicas del mismo. En ella se especifica el objeto del encargo, los honorarios pactados y las condiciones de pago, así como cualquier otra cuestión relevante para ambas partes.

¿Qué ocurre si no hemos firmado la hoja de encargo?

Aunque no hayamos firmado la hoja de encargo, esto no implica que no exista una relación contractual entre el abogado y su cliente. De hecho, aunque este documento es importante a nivel probatorio, lo cierto es que su ausencia no impide al cliente reclamar sus derechos frente al letrado.

Es decir, si hemos recibido servicios jurídicos por parte del abogado sin haber firmado la hoja de encargo pero sí hemos aceptado verbalmente sus servicios o mediante algún otro medio escrito (correo electrónico, whatsapp…), existe un contrato tácito entre las partes que obliga tanto al abogado como al cliente.

¿Cómo podemos reclamar los honorarios del abogado?

Para reclamar los honorarios del abogado en una situación en la que no se haya firmado la hoja de encargo, lo primero que debemos hacer es recopilar toda la documentación que tengamos sobre el asunto en cuestión. Es decir, cualquier correo electrónico, mensaje de ,texto o documento escrito en el que se mencione la contratación de los servicios del letrado.

Una vez que tengamos toda esta información recopilada, podemos dirigirnos al Colegio de Abogados correspondiente para presentar una reclamación formal de nuestros derechos.

¿Cuál es el plazo para reclamar?

El plazo para reclamar los honorarios del abogado sin hoja de encargo dependerá del tipo de relación contractual existente entre las partes. Si se ha firmado un contrato verbal o tácito, el plazo será generalmente de cuatro años a contar desde el momento en que se produjo la prestación del servicio.

En cambio, si no existe ningún tipo de contrato y hemos recibido servicios jurídicos por parte del abogado sin haber acordado previamente ninguna retribución económica, tendremos un plazo más reducido: solo un año desde el momento en que finalizó la prestación del servicio.

Consejos útiles

  • No confíes solo en palabras. Aunque puedas tener confianza en tu abogado y creas que no es necesario firmar la hoja de encargo, siempre es mejor dejarlo todo por escrito para evitar malentendidos futuros.
  • Guarda todos los documentos relevantes. Toda comunicación escrita con tu abogado puede ser importante a la hora de demostrar una relación contractual entre ambas pa,rtes.
  • Revisa bien el contrato antes de firmarlo. Si tienes dudas, pregunta a tu abogado para que te las aclare antes de dar tu consentimiento.
  • No dudes en reclamar tus derechos si consideras que se han vulnerado. Si no estás conforme con los servicios recibidos o con los honorarios acordados, no dudes en presentar una reclamación formal ante el Colegio de Abogados correspondiente.

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