A quien corresponde la pension de viudedad

A quien corresponde la pensión de viudedad

La pensión de viudedad es una prestación económica que se otorga a la persona cónyuge o pareja de hecho en caso de fallecimiento del otro miembro. Esta ayuda está destinada a garantizar un mínimo vital para el beneficiario y su familia.

Requisitos para acceder a la pensión de, viudedad

  • Ser cónyuge o pareja registrada del fallecido.
  • Haber convivido con el fallecido al menos durante los dos años anteriores al fallecimiento, salvo que haya hijos en común.
  • Tener más de 45 años, si no hay hijos en común. Si hay hijos, no se exige edad mínima.
  • No tener derecho a otra pensión pública contributiva o privada por cuantía igual o superior al importe de la pensión de viudedad.

En algunos casos, se pueden solicitar excepciones a estos requisitos. Por ejemplo, si el fallecimiento ha sido causado por accidente laboral o enfermedad profesional, no será necesario cumplir con los dos años de convivencia previa.

Cómo solicitar la pensión de viudedad

La solicitud debe presentarse ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o ante la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), dependiendo del régimen al que perteneciera el fallecido.

Para realizar la solicitud, se necesitan los siguientes documentos:

  • Certificado literal de defunción del fallecido.
  • Libro de familia o certificado de empadronamiento que acredite la convivencia previa.
  • Certificado de la Seguridad Social que acredite no recibir otra pensión pública por cuantía igual o superior al importe de la, pensión de viudedad.
  • DNI o documento equivalente del solicitante y del fallecido.

Es importante tener en cuenta que el plazo para solicitar la pensión es de un año desde el fallecimiento. Si se presenta fuera de este plazo, se perderá el derecho a la prestación.

Cuánto se cobra por la pensión de viudedad

El importe de esta ayuda económica depende del régimen al que perteneciera el fallecido. En general, se calcula como un porcentaje sobre la base reguladora:

  • 52% si el beneficiario tiene cargas familiares (hijos menores o discapacitados).
  • 40% si no hay cargas familiares.

También existen recargos adicionales en algunos casos, como cuando el beneficiario tiene más de 65 años o padece una discapacidad superior al 65%.

En cualquier caso, el importe mínimo garantizado es del 50% del importe mínimo interprofesional vigente en cada momento. En 2021, este importe es de 10.972 euros anuales.

Duración y extinción de la pensión de viudedad

La duración máxima de esta prestación es hasta que el beneficiario contraiga matrimonio o forme pareja de hecho, o en el caso de que fallezca.

Además, la pensión puede extinguirse si se dan algunas de las siguientes situaciones:

  • Cambio en la situaci�,�n económica del beneficiario que supere los límites establecidos.
  • Convivencia marital con otra persona durante más de un año.
  • Fallecimiento del beneficiario.

Conclusión

La pensión de viudedad es una prestación importante para garantizar el sustento económico del cónyuge o pareja en caso de fallecimiento. Para acceder a ella, es necesario cumplir con ciertos requisitos y presentar la documentación necesaria ante la Seguridad Social. La duración y el importe varían según cada caso particular. Si tienes alguna duda sobre este tema, no dudes en consultar con un profesional especializado.

Deja un comentario