Consecuencias de no pagar pension de alimentos

Consecuencias de no pagar pensión de alimentos

Cuando una pareja se separa y hay hijos en común, es importante que el progenitor que no tiene la custodia contribuya económicamente a la manutención del menor. Esta contribución económica se conoce como pensión de alimentos.

La pensión de alimentos es un derecho del hij,o y su finalidad es garantizar que este tenga cubiertas sus necesidades básicas (alimentación, vestimenta, escolarización, etc.). Por tanto, cuando un padre o madre incumple su obligación de pagar la pensión de alimentos está perjudicando directamente al menor.

¿Qué consecuencias tiene no pagar la pensión de alimentos?

  • Morosidad: La primera consecuencia de no pagar la pensión de alimentos es la morosidad. El progenitor que debe abonarla incurre en impago y acumula una deuda con el otro progenitor.
  • Sanciones económicas: Si el juez lo considera necesario, puede imponer sanciones económicas al progenitor que no paga la pensión para intentar forzarle a cumplir con su obligación. Estas sanciones pueden incluir multas, intereses por mora o incluso embargos bancarios o salariales.
  • Pérdida del derecho a visitas: En casos extremos, si el progenitor incumple reiteradamente su obligación de pagar la pensión, el juez puede llegar a privarlo del derecho a visitar al menor.
  • Inclusión en registros de morosos: Si el incumplimiento se mantiene en el tiempo, el progenitor puede ser incluido en registros de morosos como ASNEF o RAI. Esto puede dificultarle la obtención de créditos o financiación.
  • Condenas penales: En los casos más graves, cuando el impago es continuado y se superan ciertas cantidades, el incumplimiento de la obligación de pagar la pensión puede ser considerado un delito y conllevar penas de cárcel.

¿Cómo reclamar una pensión impagada?

Si un padre o madre no está pagando la pensión que le corresponde, lo primero que hay que hacer es intentar llegar a un acuerdo amistoso mediante la negociación. Si esto no es posible, se debe recurrir a los tribunales para reclamar la pensión impagada.

Lo ideal es contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho familiar para llevar a cabo este proceso. El procedimiento suele iniciarse presentando una demanda ante el juzgado que corresponda (normalmente el mismo que dictó la sentencia de divorcio o separación). En esta demanda se solicita al juez que ordene al progenitor incumplidor el pago inmediato de las pensiones adeudadas y se le advierte de las consecuencias legales a las que se enfrentará si sigue sin pagar.

A partir de aquí, cada caso será diferente en función de las circunstancias particulares. Lo importante es saber que existe una vía legal para reclamar la pensión impagada y que, aunque puede ser un proceso largo y costoso, es importante no renunciar a este derecho para garantizar e,l bienestar del menor.

Consejos para evitar impagos de pensión

Para evitar llegar a la situación de una pensión impagada, es recomendable seguir estos consejos:

  • Mantener una buena comunicación: Es importante mantener una buena comunicación entre los progenitores para poder llegar a acuerdos satisfactorios para ambas partes.
  • Fijar una cantidad realista: La pensión debe ser fijada en función de las necesidades reales del menor y de las posibilidades económicas de cada progenitor.
  • Cumplir con los plazos acordados: Es fundamental cumplir con los plazos acordados para el pago de la pensión. Si se prevé que no se podrá hacer frente al pago en un determinado mes, lo mejor es avisar al otro progenitor con antelación y tratar de llegar a un acuerdo alternativo.
  • No mezclar temas económicos con afectivos: Los problemas afectivos entre los progenitores no deben influir en el cumplimiento de la obligación de pagar la pensión. Es importante separar ambos temas.

Siguiendo estos consejos, se pueden prevenir muchos casos de impago de pensión y garantizar así el bienestar del menor. En cualquier caso, si se produce un impago, lo mejor es recurrir a la vía legal sin demora para intentar r,ecuperar las cantidades adeudadas.

Deja un comentario