Me corresponde pension de viudedad si estoy divorciada

¿Me corresponde pensión de viudedad si estoy divorciada?

La pensión de viudedad es un beneficio económico que se otorga a las personas que han perdido a su cónyuge. Pero, ¿qué pasa si estás divorciado/a? ¿También tienes derecho a recibir esta pensión?

Respuesta corta

Sí, puedes t,ener derecho a recibir la pensión de viudedad aunque estés divorciado/a siempre y cuando cumplas ciertos requisitos.

Requisitos para recibir la pensión de viudedad siendo divorciado/a

  • Tener reconocido el derecho a recibir una pensión compensatoria tras el divorcio. Esta pensión tiene como objetivo compensar el desequilibrio económico que pueda haber entre los cónyuges tras la separación.
  • Haber estado casado/a con la persona fallecida en algún momento, aunque no estuvierais casados en el momento del fallecimiento.
  • No haber contraído matrimonio o pareja de hecho después del divorcio o separación legal.
  • No estar percibiendo otra prestación pública por viudedad o ser beneficiario/a de otra pensión de supervivencia.

Es importante destacar que no todos los casos son iguales y puede haber excepciones en función del tipo de régimen al que pertenecía la persona fallecida (régimen general, autónomos, etc.) y otros factores. Por ello, es recomendable consultar con un profesional o entidad especializada para conocer tu caso particular y saber si tienes derecho a recibir la pensión de viudedad.

¿Cómo solicitar la pensión de viudedad?

Para solicitar la pensión de viudedad, deberás presentar la correspondiente solicitud en el Instituto, Nacional de la Seguridad Social (INSS) o en las oficinas de atención al ciudadano del Instituto Social de la Marina (ISM) si pertenecías al régimen especial de trabajadores del mar.

La documentación que deberás presentar incluye:

  • El certificado literal de defunción del cónyuge fallecido.
  • El certificado literal de matrimonio y, si procede, el de separación o divorcio.
  • Documento que acredite el derecho a recibir una pensión compensatoria tras el divorcio, como puede ser la sentencia judicial correspondiente.
  • Copia del DNI o NIE del solicitante y, en su caso, del cónyuge fallecido.

También puedes presentar estos documentos por Internet a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones utilizando tu certificado digital o Cl@ve PIN. En cualquier caso, es recomendable consultar con un profesional para asegurarse de que se cumplen todos los requisitos necesarios y presentar correctamente la solicitud.

Consejos útiles

  • No esperes demasiado para solicitar la pensión. El plazo máximo para hacerlo es de tres meses desde el fallecimiento del cónyuge.
  • Mantén actualizados tus datos personales y de contacto con la Seguridad Social para recibir información sobre posibles cambios o a,ctualizaciones en tu situación.
  • Si tienes dudas sobre tu derecho a recibir la pensión de viudedad, consulta con un profesional especializado. Puedes acudir a los servicios de orientación jurídica gratuita que ofrecen algunos colegios profesionales, organizaciones no gubernamentales o asociaciones de consumidores.

Conclusión

En resumen, estar divorciado/a no implica necesariamente perder el derecho a recibir la pensión de viudedad. Si se cumplen ciertos requisitos, es posible solicitar esta prestación económica tras el fallecimiento del cónyuge. Es importante conocer bien las condiciones y documentación necesarias para presentar correctamente la solicitud y evitar retrasos o problemas en el proceso.

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