Pension de viudedad en caso de divorcio y nuevo matrimonio

Pensión de viudedad en caso de divorcio y nuevo matrimonio

La pensión de viudedad es una prestación que se recibe tras la muerte del cónyuge o pareja de hecho. Esta ayuda económica está dirigida a aquellos que han enviudado y no tienen suficientes ingresos para mantenerse.

Sin embargo, ¿qué ocurre si el beneficiario se, ha vuelto a casar después del fallecimiento de su primer cónyuge? ¿Y si ha habido un divorcio previo?

Pensión de viudedad en caso de nuevo matrimonio

En el caso de que la persona beneficiaria se vuelva a casar, perderá automáticamente el derecho a percibir la pensión de viudedad. Esto es así porque se considera que el nuevo cónyuge está en condiciones económicas para ayudar al beneficiario.

No obstante, hay excepciones a esta regla. Si el beneficiario tiene más de 65 años o una discapacidad igual o superior al 65%, podrá seguir recibiendo la pensión aunque contraiga matrimonio nuevamente.

Pensión de viudedad en caso de divorcio

Si la pareja se ha divorciado antes del fallecimiento del cónyuge, puede darse dos situaciones:

  • Caso 1: El divorcio fue anterior al 1/01/2008: En este caso, no procede el reconocimiento automático del derecho a la pensión por parte del ex-cónyuge, salvo pacto expreso entre las partes o sentencia firme dictada en el procedimiento de divorcio.
  • Caso 2: El divorcio fue posterior al 1/01/2008: A partir de esta fecha, el ex-cónyuge tendrá derecho a la pensión de viudedad siempre y cuando cumpla los siguientes requisitos:
    • Que no haya vuelto a contraer matrim,onio o haya constituido una pareja de hecho.
    • Que no reciba una pensión compensatoria por parte del ex-cónyuge fallecido.
    • Que el matrimonio haya tenido una duración mínima de 10 años o que haya hijos en común entre ambos cónyuges.

Pensión de viudedad y convivencia marital

Otra situación que puede afectar al derecho a percibir la pensión de viudedad es la convivencia marital. Si el beneficiario vive con alguien sin estar casado o haber constituido pareja de hecho, puede perder su derecho a recibir la prestación económica.

No obstante, hay excepciones. Si se demuestra que la relación no tiene carácter estable o se trata de un compañero/a de piso por motivos económicos, podrá seguir recibiendo la ayuda económica. En cualquier caso, se debe demostrar que no existe ninguna relación sentimental ni económica entre las partes.

Consejos útiles

  • Mantén siempre actualizados tus datos personales y laborales para evitar posibles fraudes y errores administrativos que puedan perjudicarte económicamente.
  • Solicita ayuda a un experto en la materia si tienes dudas sobre tus derechos y obligaciones respecto a la pensión de viudedad.
  • No olvides que puedes solicitar la pensión d,e viudedad en un plazo máximo de 5 años desde el fallecimiento del cónyuge.

En definitiva, la pensión de viudedad es una ayuda económica que se otorga a aquellas personas que han perdido a su cónyuge o pareja de hecho. Sin embargo, existen situaciones en las que se puede perder el derecho a recibirla, como en el caso de contraer matrimonio nuevamente o convivir con alguien sin estar casado o haber constituido una pareja de hecho. Si tienes dudas al respecto, no dudes en buscar asesoramiento profesional para garantizar tus derechos.

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