Pension no contributiva con vivienda en propiedad

Pensión no contributiva con vivienda en propiedad: ¿qué es y cómo solicitarla?

La pensión no contributiva con vivienda en propiedad es una ayuda económica que otorga el Estado a las personas mayores de 65 años o con un grado de discapacidad del 65% o superior que cumplan ciertos requisitos. Esta pensión se diferencia de las c,ontributivas, ya que no depende del historial laboral ni de las cotizaciones realizadas por el beneficiario.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar esta pensión?

  • Ser mayor de 65 años o tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%
  • No contar con ingresos suficientes para subsistir
  • No tener bienes e inmuebles valorados en más de tres veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples)
  • Tener la residencia legal en España durante al menos diez años

Además, como su nombre indica, para acceder a la pensión no contributiva con vivienda en propiedad es necesario ser propietario/a de una vivienda habitual y permanente. Dicha vivienda debe estar completamente pagada, sin cargas hipotecarias ni gravámenes que impidan su utilización como residencia. También puede ser posible acceder a esta pensión si se tiene derecho al uso y disfrute vitalicio sobre una vivienda.

¿Cómo solicitar la pensión no contributiva con vivienda en propiedad?

Para solicitar esta ayuda es necesario dirigirse a la sede del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Allí se deberá presentar una solicitud, que se puede obtener en las oficinas o descargar desde la págin,a web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

La solicitud debe ir acompañada de los siguientes documentos:

  • DNI o NIE
  • Documento acreditativo de la residencia legal en España durante al menos diez años
  • Certificado de empadronamiento
  • Declaración jurada sobre el patrimonio, ingresos y rentas percibidas
  • Copia simple del título de propiedad o del contrato donde figure el derecho al uso y disfrute vitalicio sobre la vivienda habitual y permanente

Una vez presentada la solicitud junto con los documentos requeridos, el INSS o TGSS tendrá un plazo máximo de seis meses para resolver. En caso de que transcurra ese plazo sin que se haya notificado ninguna resolución expresa, se entenderá que ha sido denegada por silencio administrativo.

¿Cuánto dinero se puede recibir con esta pensión?

El importe mensual de la pensión no contributiva con vivienda en propiedad varía según el número de miembros que compongan la unidad económica familiar. Para 2021, los importes son los siguientes:

  • Unidades económicas familiares con un solo miembro: 5.538,40€ anuales (461,53€ mensuales)
  • Unidades económicas familiares de dos miembros: 7.628,40€ anuales (635,70€ mensuales)<,/li>
  • Unidades económicas familiares de tres miembros: 9.718,40€ anuales (809,87€ mensuales)
  • Unidades económicas familiares de cuatro o más miembros: 11.808,40€ anuales (984,03€ mensuales)

Es importante tener en cuenta que estos importes son orientativos y pueden variar según la legislación vigente en cada momento.

Consejos útiles para solicitar la pensión no contributiva con vivienda en propiedad

  • Revisa cuidadosamente los requisitos y documentos necesarios antes de presentar la solicitud.
  • No te olvides de incluir toda la documentación requerida para evitar retrasos en el proceso.
  • Mantén actualizado tu domicilio y teléfono para recibir notificaciones sobre el estado de tu solicitud.
  • Puedes solicitar cita previa en las oficinas del INSS o TGSS para evitar esperas innecesarias.
  • Ten paciencia: el proceso puede ser largo debido a la gran cantidad de solicitudes que se reciben cada año.

En definitiva, la pensión no contributiva con vivienda en propiedad es una ayuda destinada a personas mayores o discapacitadas que no disponen de ingresos suficientes para subsistir y que son propietarias de su vivienda habitual y permanente. Para solicitarla es necesario cumplir una serie de requisitos y ,presentar la documentación requerida en las oficinas del INSS o TGSS. Si tienes dudas sobre este proceso, no dudes en acudir a dichas oficinas o consultar la página web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

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