Tiene derecho a pension de viudedad una pareja de hecho

¿Tiene derecho una pareja de hecho a pensión de viudedad?

La respuesta es sí, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos. En este artículo vamos a explicar en qué consiste la pensión de viudedad para parejas de hecho y cuáles son las condiciones para poder acceder a ella.

¿Qué es la pensión de viudedad?

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La pensión de viudedad es una prestación que otorga el Estado a aquellas personas que han perdido a su pareja y dependían económicamente de ella. Esta ayuda económica se concede con el fin de compensar la pérdida del sustento que proporcionaba el cónyuge fallecido.

Es importante destacar que la pensión de viudedad no tiene carácter vitalicio y está sujeta a diferentes requisitos y condiciones establecidos por la legislación vigente.

Parejas de hecho

En los últimos años, cada vez son más las personas que deciden formar una pareja sin contraer matrimonio. Aunque esta relación no tenga un reconocimiento legal como tal, existe lo que se conoce como pareja de hecho.

Una pareja de hecho se define como la unión estable entre dos personas que conviven sin estar casadas o ser parte de un vínculo civil similar al matrimonio. Es importante destacar que para ser considerados como tal, deben cumplirse ciertos requisitos establecidos por cada comunidad autónoma.

Pensión de viudedad para parejas de hecho

Ahora bien, ¿una pareja de hecho tiene derecho a acceder a la pensión de viudedad? La respuesta es sí, siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones:

  • La pareja ha tenido que estar inscrita en un registro de parejas de hecho durante al menos dos ,años antes del fallecimiento.
  • En el momento del fallecimiento, la pareja debe estar conviviendo de forma estable y duradera.
  • El fallecido debe haber estado dado de alta en la Seguridad Social o en una mutualidad laboral y haber cotizado al menos 500 días dentro de los cinco años anteriores al fallecimiento. En algunos casos, se pueden tener en cuenta los periodos cotizados por el cónyuge o pareja de hecho durante toda su vida laboral.

Es importante destacar que para poder acceder a esta prestación económica es necesario realizar una solicitud previa ante la entidad encargada (INSS o ISM), presentando todos los documentos necesarios que acrediten el cumplimiento de las condiciones anteriormente mencionadas.

Consejos útiles

A continuación, vamos a ofrecer algunos consejos útiles para aquellas parejas de hecho que estén interesadas en solicitar la pensión de viudedad:

  • Inscribirse en un registro oficial como pareja de hecho: esto es fundamental para poder demostrar que se cumple con uno de los requisitos principales para acceder a la pensión.
  • Mantener una convivencia estable y duradera: es importante demostrar ante la entidad encargada que se convive como pareja desde hace tiempo y no se trata simplemente de una relación temporal.
  • Co,tizar a la Seguridad Social: es fundamental que el fallecido haya cotizado al menos 500 días dentro de los cinco años anteriores al fallecimiento. Por lo tanto, es recomendable mantener una trayectoria laboral estable y realizar las cotizaciones necesarias.
  • Mantener todos los documentos en regla: es importante tener a mano toda la documentación necesaria (certificados de empadronamiento, inscripción en el registro de parejas de hecho, etc.) para poder presentarlos cuando se solicite la prestación económica.

Conclusión

En definitiva, una pareja de hecho sí tiene derecho a acceder a la pensión de viudedad siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos. Es fundamental mantener una convivencia estable y duradera, estar inscritos en un registro oficial como pareja de hecho y haber cotizado suficientes días a la Seguridad Social. Si se cumplen estas condiciones, es posible solicitar esta prestación económica que puede suponer un gran apoyo para aquellas personas que han perdido a su pareja y dependían económicamente de ella.

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