Como tributa la venta de derechos de suscripcion

Cómo tributa la venta de derechos de suscripción

La venta de derechos de suscripción es una operación que, aunque no es habitual, puede darse en el ámbito financiero. Si se da el caso, es importante conocer cómo tributa esta operación a efectos fiscales.

¿Qué son los derechos de suscripción?

Antes de e,ntrar en materia, conviene explicar qué son los derechos de suscripción.

Los derechos de suscripción son títulos emitidos por una empresa cotizada que permiten a los accionistas comprar nuevas acciones en la compañía a un precio determinado y durante un plazo limitado. En otras palabras, son un mecanismo para captar capital por parte de la empresa emisora.

Cuando una empresa decide ampliar su capital social mediante una ampliación de capital (emitiendo nuevas acciones), suele ofrecer a los accionistas actuales la posibilidad de adquirir estas nuevas acciones antes que nadie. Para ello, les concede unos derechos (los llamados «derechos de suscripción») que les permiten adquirir las nuevas acciones a un precio preferente.

Estos derechos pueden negociarse libremente en el mercado secundario antes del fin del periodo establecido para su ejercicio, lo que significa que cualquier inversor puede comprar o vender estos títulos sin necesidad de ser accionista previo.

Cómo tributan las ventas de derechos de suscripción

Dicho esto, vamos al meollo del asunto: ¿cómo tributan las ventas de derechos de suscripción?

Lo primero que hay que tener en cuenta es que, a efectos fiscales, la venta de derechos de suscripción se considera una operación financiera sujeta a tributación. En con,creto, esta operación se regula en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Según esta normativa, las ganancias obtenidas por la venta de derechos de suscripción se consideran rendimientos del capital mobiliario y, como tales, están sujetas a una retención del 19% (en el caso de residentes fiscales en España) sobre el importe total obtenido.

Es importante destacar que esta retención no es definitiva y que el contribuyente debe incluir estas ganancias en su declaración de la renta anual para ajustar cuentas con Hacienda.

Cómo declarar las ventas de derechos de suscripción

Ahora bien, ¿cómo debe declararse esta operación en la declaración de la renta?

Para ello, lo primero que hay que hacer es determinar cuál ha sido el beneficio obtenido con esta venta. Este cálculo se realiza restando el precio al que se compraron los derechos (si procede) al precio al que se vendieron.

Por ejemplo: si se compraron 1000 derechos a un precio unitario de 0,50€ y posteriormente se vendieron a 1€ cada uno, el beneficio obtenido sería:

  • Precio total compra: 1000 x 0,50 = 500€
  • Precio total venta: 1000 x 1 = 1000€
  • Beneficio obtenido: 1000€ – 500€ = 500€

Una vez calculado el beneficio, est,e importe debe incluirse en la casilla correspondiente del apartado de rendimientos del capital mobiliario de la declaración de la renta (casilla 029).

A continuación, hay que tener en cuenta que, al igual que ocurre con otras operaciones financieras (como las acciones), las ventas de derechos de suscripción pueden generar plusvalías o minusvalías patrimoniales.

En caso de haber obtenido una plusvalía (es decir, si el precio de venta ha sido superior al precio de compra), esta ganancia debe declararse en la casilla correspondiente a las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones no sujetas o exentas (casilla 034).

Por el contrario, si se ha obtenido una minusvalía (el precio de venta ha sido inferior al precio de compra), esta pérdida puede compensarse con otras plusvalías patrimoniales generadas en el mismo ejercicio o con los saldos negativos pendientes del año anterior. En este caso, se deberá indicar en la casilla correspondiente a las pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones no sujetas o exentas (casilla 035).

Consejos útiles para vender derechos de suscripción

Aunque no es una operación muy extendida, vender derechos de suscripción puede ser una forma interesante de obtener beneficios a corto plazo. Para ello, conviene tener en cuenta algunos con,sejos útiles:

  • Antes de vender, conviene informarse bien sobre la cotización de los derechos en el mercado secundario. Es importante conocer a qué precio se están moviendo estos títulos para poder determinar si es buen momento o no para vender.
  • También es importante tener en cuenta que, como cualquier operación financiera, la venta de derechos de suscripción conlleva un riesgo. Si el precio de las acciones cae durante el periodo establecido para el ejercicio del derecho, puede que los inversores no quieran ejercerlo y, por tanto, los derechos pierdan valor.
  • Finalmente, conviene recordar que esta operación está sujeta a tributación y que hay que declarar las ganancias obtenidas en la declaración de la renta anual.

Conclusión

En resumen, la venta de derechos de suscripción es una operación financiera sujeta a tributación que debe ser declarada en la declaración de la renta anual. Para ello, hay que calcular el beneficio obtenido con esta venta y declararlo en las casillas correspondientes del apartado de rendimientos del capital mobiliario y/o patrimonio.

Aunque no es una operación muy extendida, conviene informarse bien antes de vender los derechos y tener en cuenta algunos consejos útiles para minimizar los riesgos asociados a esta operación,.

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