Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana

¿Qué es el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana?

El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), también conocido como «plusvalía municipal», es un impuesto que grava el aumento del valor del suelo urbano cuando se produce una t,ransmisión, ya sea por venta, donación o herencia.

Este impuesto es competencia municipal y su objetivo principal es recaudar fondos para financiar servicios públicos y mejorar la calidad de vida en la ciudad. Además, pretende gravar a aquellos propietarios que han obtenido beneficios económicos debido al aumento del valor del suelo urbano.

¿Cómo se calcula?

La base imponible del IIVTNU es el incremento del valor que ha experimentado el terreno durante el tiempo que ha sido propiedad del vendedor. Este incremento se calcula aplicando un porcentaje anual establecido por cada ayuntamiento y multiplicándolo por el número de años que han transcurrido desde la adquisición hasta la venta.

Para calcular este incremento, se toma como referencia el valor catastral del terreno en el momento de la transmisión y se compara con su valor catastral en el momento de la adquisición. Si estos valores son diferentes, significa que ha habido un incremento en su valor y, por tanto, debe tributar.

A esta base imponible se le aplica un tipo impositivo fijado por cada ayuntamiento, que puede oscilar entre el 0,4% y el 1,1%. Por tanto, cuanto mayor sea el incremento del valor del terreno, mayor será la cantidad a pagar.

¿Quiénes están obligados a pagarlo?

Están obligados a pagar es,te impuesto los vendedores o donatarios de un terreno urbano y los herederos que acepten una herencia en la que se incluya un terreno urbano. También puede haber casos en los que el comprador asuma el pago de este impuesto, aunque esto suele ser objeto de negociación entre las partes.

Es importante tener en cuenta que este impuesto solo se aplica a los terrenos urbanos, es decir, aquellos que tienen acceso directo desde la calle y están situados dentro del casco urbano. Los terrenos rústicos no están sujetos a este impuesto.

Consejos útiles

  • Antes de proceder a la transmisión de un terreno urbano, es recomendable consultar con un profesional para conocer cuál será la cantidad aproximada a pagar por este impuesto.
  • Es importante conservar toda la documentación relativa al terreno, como escrituras de compra-venta, recibos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y cualquier otro documento que pueda ser relevante para calcular el incremento del valor del suelo.
  • También es recomendable comprobar el valor catastral del terreno antes de proceder a su transmisión, ya que si este valor ha disminuido desde la adquisición hasta la venta, no habrá incremento del valor y no habrá que pagar este impuesto.
  • En caso de discrepancia con el ayuntamiento respecto al cálculo d,el incremento del valor del terreno, se puede recurrir la liquidación presentando una reclamación económico-administrativa.

Conclusión

El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana es un impuesto que grava el aumento del valor del suelo urbano cuando se produce una transmisión. Su cálculo puede ser complejo y depende de diversos factores, por lo que es recomendable consultar con un profesional antes de proceder a la transmisión del terreno.

Es importante conservar toda la documentación relativa al terreno y comprobar el valor catastral antes de proceder a su transmisión. En caso de discrepancia con el ayuntamiento, se puede recurrir la liquidación presentando una reclamación económico-administrativa.

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