Como se paga la retencion de boletas de honorarios

Cómo se paga la retención de boletas de honorarios

Si eres trabajador independiente y emites boletas de honorarios, seguramente te has encontrado con el término “retención”. En este artículo te explicamos qué es la retención y cómo se paga.

¿Qué es la retención?

La retención e,s un porcentaje del valor de tu boleta que debes pagar al Servicio de Impuestos Internos (SII). Esta cantidad se descuenta automáticamente en el momento en que tu cliente te paga.

El objetivo de la retención es asegurar que los trabajadores independientes paguen sus impuestos correspondientes al final del año fiscal. Es decir, si no existiera este mecanismo, muchos trabajadores podrían evadir impuestos fácilmente.

¿Cómo calcular la retención?

El porcentaje de la retención depende del régimen tributario al que pertenezcas. Si estás acogido al Régimen Simplificado, deberás pagar una retención del 10%. Si estás acogido al Régimen General, deberás pagar una retención del 10% o 15%, dependiendo del tipo de servicio que hayas prestado.

Para saber cuál es el porcentaje exacto que debes pagar, puedes ingresar a la página web del SII o consultarlo con tu contador.

¿Cómo se paga la retención?

Tu cliente debe descontar automáticamente el porcentaje correspondiente a la retención cuando te pague tu boleta. Es decir, si emitiste una boleta por $100.000 y estás acogido al Régimen Simplificado, tu cliente deberá pagarte $90.000 (el 10% de la retención corresponde a $10.000).

Luego, debes declarar el valor total de tus boletas emitidas en el mes correspondiente ,en el sitio web del SII. En este proceso, se te descontará automáticamente el porcentaje que ya pagó tu cliente en concepto de retención.

Consejos útiles

  • Mantén un registro detallado de tus boletas emitidas y recibidas para evitar errores al momento de declarar tus impuestos.
  • No olvides pagar tus impuestos anuales correspondientes para evitar multas y sanciones del SII.
  • Si tienes dudas sobre cómo calcular o declarar la retención, es recomendable que consultes con un contador o asesor tributario.

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