Como tributan las herencias en navarra

Cómo tributan las herencias en Navarra

Las herencias son un tema delicado y complejo, especialmente cuando se trata de impuestos y tributación. En Navarra, existen particularidades que conviene conocer para evitar sorpresas desagradables en este proceso.

¿Cuál es el marco legal?

En pr,imer lugar, hay que tener en cuenta que la normativa fiscal que rige las herencias en Navarra es diferente a la del resto de España. Esto se debe a su régimen foral, que le otorga ciertas competencias fiscales exclusivas.

El marco legal que regula la tributación de las herencias en Navarra es el siguiente:

  • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD): este impuesto grava las transmisiones patrimoniales por causa de muerte o donación. Se encuentra regulado por la Ley Foral 19/1991.
  • Ley Foral 13/2000, del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), también conocido como «plusvalía municipal». Este impuesto se paga al ayuntamiento correspondiente cuando se produce una transmisión onerosa de un terreno urbano.

¿Quién tiene que pagar los impuestos?

En cuanto a quién tiene que hacer frente a estos impuestos, lo habitual es que sea el beneficiario de la herencia quien deba abonarlos. No obstante, esto puede variar según cada caso concreto y dependiendo de factores como el parentesco con el fallecido o la existencia de testamento.

En cualquier caso, es importante tener en cuenta que existe un plazo de seis meses desde la fecha del fallecimiento para presentar la documentación necesaria y liquidar los impuestos correspondi,entes. Si este plazo se agota, se pueden aplicar recargos e intereses adicionales.

¿Cómo se calculan los impuestos?

El cálculo de los impuestos a pagar por una herencia depende de varios factores. A continuación, detallamos los más relevantes:

  • Base imponible: es el valor total de los bienes y derechos que se transmiten. Se calcula restando las cargas y deudas a la masa hereditaria.
  • Tipo impositivo: varía según el parentesco entre el fallecido y el beneficiario. En Navarra, existen dos tramos: uno del 1% para cónyuges, ascendientes y descendientes directos; y otro del 2% para otros familiares y no familiares.
  • Deducciones: existen algunas deducciones previstas en la normativa fiscal navarra que pueden reducir la cantidad a pagar. Por ejemplo, hay una deducción del 99% para cónyuges y parejas de hecho en su vivienda habitual.

¿Cómo se tramitan estos impuestos?

Para tramitar los impuestos correspondientes a una herencia en Navarra, hay que seguir unos pasos concretos:

  1. Obtener el certificado de defunción y el certificado de últimas voluntades.
  2. Solicitar en el Registro de Actos de Última Voluntad el certificado de seguros con cobertura por fallecimiento, si procede.
  3. Realizar el inventario y la tasación, de los bienes que forman parte de la herencia.
  4. Presentar la autoliquidación del ISD y pagar la cantidad correspondiente.
  5. Pagar la plusvalía municipal al ayuntamiento correspondiente, si procede.

Consejos útiles

Para evitar problemas y confusiones en este proceso, conviene tener en cuenta algunos consejos prácticos:

  • No esperar hasta el último momento para iniciar las gestiones. El plazo es limitado y puede haber imprevistos o demoras.
  • Contar con asesoramiento profesional especializado en materia fiscal. Un experto puede ayudar a optimizar el pago de impuestos y a cumplir con todas las obligaciones legales.
  • Mantener una buena organización documental. Es fundamental contar con toda la información necesaria sobre los bienes que forman parte de la herencia para calcular correctamente los impuestos a pagar.

Conclusiones

En definitiva, tributar una herencia en Navarra requiere conocer las particularidades fiscales propias del régimen foral navarro. Siguiendo unos pasos ordenados y teniendo en cuenta ciertos consejos prácticos, se puede realizar este proceso sin grandes complicaciones ni sobresaltos inesperados.

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