carta de compromiso en materia de auditoría
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Las presentes condiciones generales de contratación establecen información importante relativa a nuestra contratación como proveedor de servicios a cada uno de ustedes y a la Sociedad (según se define más adelante). Debe leer estas condiciones generales de contratación cuidadosamente y junto con nuestra carta de encargo y conservarlas para futuras consultas.
El acuerdo entre nosotros, usted y la empresa, contenido en estas condiciones generales de contratación y en la carta de encargo (que puede ser modificada, complementada o variada por nosotros) y que constituye la base del contrato entre nosotros y usted;
significa un agente del cliente, una persona autorizada por el Cliente para darnos instrucciones, recomendaciones o solicitudes en relación con la Empresa o los Servicios, o cuando el contexto requiera o permita una persona autorizada por la Empresa para darnos instrucciones, recomendaciones o solicitudes en relación con la Empresa o los Servicios;
significa la persona que nos encarga la prestación de los Servicios a la Sociedad, y las referencias en estas condiciones generales de contratación a «usted», «su» y «suyo» se interpretarán como referencias al Cliente;
carta de compromiso frente a contrato
Usted ha hecho su comprobación de conflictos y ahora está listo para emprender la representación de un cliente. Por razones éticas y prácticas, esa representación debe plasmarse en un acuerdo escrito que identifique el compromiso, los términos de la relación y todas las demás facetas que implica la representación de su cliente.
Todos conocemos las ventajas de un contrato escrito. El documento escrito memoriza el entendimiento de las partes, proporciona seguridad en la relación, minimiza las áreas en las que puede haber disputas y plasma las expectativas de las partes contratantes en su relación.
Estas razones, además de la protección que ofrece un escrito en caso de que surja una disputa, así como el cumplimiento de los requisitos éticos, exigen un acuerdo por escrito. El requisito de un acuerdo de representación por escrito no se limita a los litigios, sino que se aplica igualmente a los asuntos transaccionales. Los artículos 6147 y 6148 del Código de Negocios y Profesiones, así como las disposiciones de las Normas de Conducta Profesional de California, no sólo exigen acuerdos de compromiso por escrito, sino que también dictan su contenido.
carta de compromiso contable
(e) Confirmar, cuando haya clientes conjuntos, que el abogado compartirá la información y las confidencias entre ellos y podrá retirarse si uno de los clientes solicita que el abogado no revele un secreto al otro cliente o si los clientes no pueden ponerse de acuerdo sobre cómo proceder;
(h) Confirmar, cuando se represente a un fiduciario, las obligaciones del fiduciario para con el individuo protegido, aclarar si el abogado puede hablar directamente con el individuo protegido, e indicar que el abogado puede retirarse si el fiduciario viola un deber fiduciario o de otro tipo para con el individuo protegido y no toma medidas correctivas oportunas;
El abogado debe informar a sus clientes sobre la confidencialidad y otros componentes del compromiso. La mejor manera de comunicar estas cuestiones al cliente y a los demás implicados es un acuerdo de encargo claro y por escrito. Es imprescindible que el cliente y las demás personas implicadas entiendan este acuerdo.
Cuando un abogado representa a ambos cónyuges o a otros clientes comunes, debe utilizarse una carta o acuerdo de representación conjunta. Esto es especialmente importante si los clientes tienen familias mixtas. Estos acuerdos deben prever la renuncia a la confidencialidad entre el abogado y cada uno de los clientes representados conjuntamente, aclarar que toda la información está disponible para todos los clientes conjuntos, y abordar las acciones que el abogado debe tomar si surge un conflicto material entre los clientes conjuntos.
modelo de carta de compromiso
Los asesores financieros pueden ser considerados responsables ante terceros beneficiarios de reclamaciones por incumplimiento de contrato y de deberes fiduciarios, basándose en parte en el lenguaje específico de un formulario de carta de compromiso de una empresa pública que se utilizó para una transacción de una empresa privada. La decisión del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Massachusetts en el caso Baker contra Goldman Sachs1 demuestra que algunas de las disposiciones de un formulario de carta de compromiso diseñado para proteger a los asesores financieros en una transacción con una empresa pública pueden presentar distintos riesgos para los mismos asesores financieros en una transacción con una empresa privada.
Goldman Sachs & Co. («Goldman») representó a Dragon Systems, Inc. («Dragon»), una empresa de capital cerrado fundada y controlada por Janet y James Baker (los «Bakers»), en la fusión de Dragon con una filial de Lernout & Hauspie Speech Products N.V. (colectivamente «L&H») el 7 de junio de 2000. Los Baker alegaron que Dragon celebró una fusión por acciones con L&H confiando en el asesoramiento de Goldman y que el colapso de L&H tras un escándalo de fraude contable descubierto por The Wall Street Journal pocos meses después de que se cerrara el acuerdo entre Dragon y L&H supuso una pérdida para los accionistas mayoritarios de Dragon de aproximadamente 300 millones de dólares.